Seguro Escolar 3º y 4º ESO

A partir de 3º de ESO y en cualquier modalidad de estudios y formación profesional, en nuestro centro bachillerato y ciclos formativos, hasta los 28 años*, es obligatorio subscribir individualmente  el seguro escolar de la Seguridad Social.

*Los beneficios dejarán de cubrirse cuando el estudiante haya cumplido los 28 años aunque no haya finalizado sus estudios. De todos modos el alumno estará cubierto por el seguro hasta que acabe el curso académico en el que ha cumplido dicha edad. 

Si el estudiante trabaja, tiene derecho como asegurado de asistencia sanitaria, por lo que no podrá acogerse a los beneficios del seguro escolar en materia de prestaciones sanitarias y deberá de hacer uso exclusivo de su derecho.

Están excluidos de de hacer el pago del seguro escolar los alumnos de 1º y 2º de ESO, los mayores de 28 años al inicio del curso en el que se matricula y los que ya hayan hecho el abono en otro centro de enseñanza oficial (se tendrá que presentar el justificante).

NOTA INFORMATIVA: Se informa que, en la actualidad, para la liquidación de cuotas del seguro escolar, así como para la plena cobertura de dicho seguro, no será necesario que el alumno disponga del NUSS; cuando este cause derecho a cualquiera de las prestaciones contempladas en el seguro escolar, será el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien asignará el NUSS para tener derecho a las mismas, en el caso de que el alumno careciera de él.

Las prestaciones del seguro escolar incluyen el accidente escolar.

Se entiende por accidente escolar, el producido con ocasión de actividades relacionadas exclusivamente con su condición de estudiante.

La prestación en el caso de accidente escolar incluye: asistencia médica-farmacéutica completa, internamiento sanatorial, intervenciones quirúrgicas e indemnización en caso de incapacidad temporal o muerte, según las circunstancias.

Par obtener más información sobre las prestaciones del seguro escolar podéis visitar los siguientes enlaces:

Información general

Normativa